En este artículo esclareceremos en que consiste el impuesto municipal de plusvalía y la causa de que actualmente se esté reclamando a la Administración por considerarlo, en algunos casos, un impuesto con carácter recaudatorio.

 

Qué es el impuesto municipal de plusvalía

 

El impuesto municipal de plusvalía es calculado por los ayuntamientos en base al valor catastral. Para calcularlo se analizan los años que se ha tenido el inmueble en propiedad y su reflejo en el valor catastral, teniendo en cuenta el momento de la compra y el de la venta del inmueble, es decir, al vender un inmueble se debe pagar un impuesto ya que la Administración presume un aumento del valor del mismo a lo largo de los años. El inconveniente de este impuesto es que el propietario tenía siempre la obligación de pagar dicho impuesto, sin importar la devaluación del inmueble.

 

Por qué podría reclamar este impuesto

 

Actualmente el Tribunal Constitucional se ha pronunciado, estableciendo que cobrar el impuesto de plusvalía aún cuando no se obtiene un beneficio en la venta con respecto al precio de su compra, pone de manifiesto que dicho impuesto tiene carácter recaudador y va en contra del principio de capacidad económica, por lo que lo declara inconstitucional.

 

Recientemente el Tribunal de Justicia de Madrid ha anulado dos liquidaciones del ayuntamiento de Pinto, sin necesidad de demostrar que no ha habido incremento real del valor de los terrenos durante el periodo de propiedad, diezmando la propia capacidad de la Administración de realizar esa valoración apoyándose en la Ley de Haciendas Locales, facilitando así que prosperen las reclamaciones de los usuarios.

 

A día de hoy la media de las reclamaciones se sitúa en los 2500€, por ello en Juárez Abogados nos comprometemos a estudiar su caso gratuitamente y sin compromiso para poder ofrecerle la mejor solución posible.